Abogados especializados en Derecho Penal. Confíe sólo en expertos penalistas: el abogado que le defiende es más importante que el delito que le imputan. Abogados especializados en derecho penal, penitenciario y de menores.

Tráfico de Drogas

Defendemos a las personas acusadas de un delito de drogas relacionados con la posesión de drogas, la fabricación o cultivo de sustancias o el tráfico de cocaína, crack, marihuana, metanfetamina o cualquier otra sustancia ilegal. Es un delito grave que requiere de una defensa inmediata y especializada.

 

Si el acusado está en prisión, podemos reunirnos con él y comentar su caso en el mismo centro de detención.

Delitos con Violencia

Defendemos a las personas involucradas en algún delito con violencia, como asesinato y homicidio, lesiones o robo con violencia, Detención ilegal y secuestro Amenazas y coacciones, o violencia de género (como malos tratos, amenazas o quebrantamiento de condena). Si ha sido acusado alguno de estos delitos, necesita ponerse en contacto con un abogado de defensa criminal de inmediato, ya que la posible condena es muy grave. Podemos ayudarle.

Defensa de Menores

El derecho penal no sólo afecta a los adultos, sino que también alcanza a los hechos presuntamente delictivos en los que aparezcan implicados mayores de 14 años.

 

Ayudamos a menores acusados de cualquier cargo en materia penal, incluyendo robo, delitos sexuales, delitos relacionados con las droga, asaltos o posesión de armas. Reducimos la condena al mínimo posible.



Delitos contra la Seguridad Vial

Defendemos a las personas acusadas de un delito contra la seguridad vial, en los que se puede contemplar el Delito de Alcoholemia 

Artículo 379.2: ALCOHOL Y DROGAS CP: Conducción bajo la influencia del alcohol (tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg/l.), drogas o sustancias psicotrópicas.

 

Asistencia letrada a Juicios Rápidos

Está regulado en el artículo 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así, serán objeto de enjuiciamiento rápido los delitos que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que el delito en cuestión esté castigado con penas de prisión inferiores a 5 años, o cualquier otra pena de duración inferior a 10 años, siempre que el procedimiento se inicie por atestado policial y que la policía judicial haya detenido al autor o lo haya citado para comparecer en el juzgado de guardia.

Artículo 379.1 CP: VELOCIDAD Exceso de velocidad (superar la velocidad permitida en 60 km/h en vía urbana y 80 km/h en interurbana).


Coste de Honoarios por asistencia jurídica letrada a Juicios Rápidos en Sevilla: 200€.